El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0612 del 16 de junio de 2026, con medidas de orden público para las elecciones de Presidencia y Vicepresidencia de la República, segunda vuelta, que se realizarán el domingo 21 de junio. La norma incluye disposiciones sobre ley seca, propaganda electoral, uso de celulares en puestos de votación, transporte, conectividad, energía y cierre de pasos fronterizos.
De acuerdo con el decreto, la venta y consumo de bebidas embriagantes quedará prohibida desde las 6:00 p.m. del sábado 20 de junio hasta las 12:00 p.m. del lunes 22 de junio de 2026. Gobernadores y alcaldes podrán ampliar esta medida si los consejos de seguridad o comités de orden público lo recomiendan.
La disposición también ordena el cierre de pasos terrestres y fluviales fronterizos entre las 6:00 p.m. del sábado 20 de junio y las 6:00 a.m. del lunes 22 de junio. La medida contempla controles migratorios y exceptúa los tránsitos por caso fortuito o fuerza mayor.
Durante la jornada electoral, entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., no se podrán usar teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video dentro de los puestos de votación. La norma exceptúa a medios de comunicación debidamente identificados, funcionarios del Ministerio Público, organismos de control y la Fiscalía, cuando cumplan funciones de vigilancia electoral. También se permitirá el uso del celular únicamente para presentar la cédula digital ante el jurado de votación.
El decreto prohíbe toda propaganda político-electoral el día de las elecciones, así como la difusión de encuestas, sondeos o proyecciones electorales durante la jornada. La Policía Nacional podrá incautar propaganda que sea distribuida o utilizada el día de la votación, salvo los elementos de ayuda permitidos para el elector.
La norma establece además que desde el 16 de junio y hasta el lunes 22 de junio solo podrán realizarse reuniones políticas en recintos cerrados. También regula la participación de testigos electorales, quienes podrán ingresar a los puestos desde las 7:00 a.m. con su credencial física o digital, y permanecer hasta el cierre de los escrutinios de mesa.
En materia de servicios públicos y movilidad, el Gobierno ordenó garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica, telecomunicaciones y transporte público durante el proceso electoral. Las empresas de transporte deberán operar con su capacidad disponible para facilitar el traslado de ciudadanos a los puestos de votación.
El decreto también permite que alcaldes, con base en recomendaciones de los consejos de seguridad o comités de orden público, adopten medidas como toque de queda para prevenir alteraciones. Estas disposiciones estarán vigentes a partir del día siguiente a la publicación del decreto.
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