El Juzgado Tercero Administrativo de Arauca emitió una sentencia el pasado 25 de noviembre, tras una acción popular interpuesta por la Defensoría del Pueblo, que expone la falta de espacios seguros para las mujeres víctimas de violencia en los siete municipios del departamento.
La decisión exige a las alcaldías iniciar los trámites necesarios para garantizar la construcción de estos refugios durante las vigencias 2025 y 2026.
José Julián Suavita Cordero, Juez Tercero Administrativo de Arauca, manifestó que la sentencia resalta un problema estructural al identificar la violencia contra las mujeres como una problemática endémica y de salud pública en Arauca.
Esta perspectiva permitió materializar el amparo de derechos fundamentales, cumpliendo con lo estipulado en la ley, pues según la Defensoría, la inexistencia de lugares adecuados impide a las mujeres agredidas alejarse de sus victimarios, perpetuando ciclos de violencia.
“Es un tema importante, se hizo la visibilización para lograr la concreción de esos derechos en Acción Popular y se tomó como un problema endémico, un problema sustancial y de salud pública en el departamento de Arauca. Ese es el gran aporte o lo valioso de la sentencia. Claro, entonces hace resaltar todas esas situaciones violentas a través de datos, cifras y muchos otros componentes importantes para lograr emitir la sentencia en el sentido de amparar los derechos”, expresó.
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La reciente sentencia del Juzgado Tercero Administrativo de Arauca también abordó el argumento utilizado por algunos municipios que justificaban la falta de espacios seguros para mujeres víctimas de violencia alegando bajos índices de casos. Según lo expresado por el Juez, esta postura fue rechazada por no alinearse con un enfoque de género.
“El índice bajo no debe ser el argumento central para eludir o esquivar una disposición legal y ahora judicial”, señaló el juez.
Además se hizo un llamado a los asesores jurídicos de las entidades para que sus defensas incluyan esta perspectiva. La sentencia, considerada pionera en este ámbito, establece un precedente, ya que es la primera en su tipo en el departamento, mientras que un caso similar en el Meta aún está pendiente de fallo.
Se conoció que para garantizar el cumplimiento efectivo del fallo, la sentencia incluye la conformación de un comité de verificación que estará presidido por el juez del caso y contará con la participación de las entidades demandadas, así como de organizaciones no gubernamentales.
Este mecanismo, previsto por la ley, permitirá monitorear el desarrollo de las órdenes emitidas y asegurar que estas se materialicen en acciones concretas. Aunque la sentencia estipula tiempos y plazos específicos, también prevé la posibilidad de modificaciones si el juez lo considera necesario durante el proceso de seguimiento.