Arauca, como capital del departamento, clasifica como municipio de cuarta categoría. La alcaldía en su Decreto 144, publicó la regulación de la publicidad política electoral de cara a las elecciones a Congreso del 8 de marzo este 2026. En este sentido, se establece que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica podrán contar con un máximo de 30 vallas publicitarias y hasta 70 cuñas radiales diarias, cada una de hasta 30 segundos de duración .
Además, el decreto permite la instalación de hasta seis (6) pasacalles de carácter político por cada partido o movimiento, los cuales deben respetar condiciones...