La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de Rodrigo Antonio López Estrada y Jesús Antonio Pacheco Oviedo, funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) que permanecen secuestrados desde mayo de 2025, luego de ser retenidos mientras cumplían labores en el municipio de Fortul, Arauca.
El trámite ante la CIDH se inició el 19 de junio de 2026, cuando el organismo recibió una solicitud de medidas cautelares presentada por el abogado Víctor Mosquera Marín. La petición fue formulada en calidad de representante apoderado por Yariel Macualo y Mayra Alejandra Díaz, esposa y compañera permanente de los funcionarios, respectivamente, con el propósito de solicitar medidas de protección ante la situación que enfrentan Rodrigo Antonio López Estrada y Jesús Antonio Pacheco Oviedo durante su cautiverio.
La decisión fue adoptada el 8 de agosto de 2026 mediante la Resolución 61/2026. La CIDH determinó, a partir de la información presentada ante el organismo, que los dos funcionarios se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, con riesgo de sufrir un daño irreparable en sus derechos.
López Estrada y Pacheco Oviedo son funcionarios del CTI de la Fiscalía General de la Nación. De acuerdo con la solicitud estudiada por la Comisión, ambos fueron secuestrados el 8 de mayo de 2025 por integrantes del Ejército de Liberación Nacional (ELN) cuando desarrollaban actividades relacionadas con sus funciones en Fortul.
La documentación conocida por el organismo internacional señala además que los dos funcionarios fueron sometidos recientemente por el grupo armado a un denominado “juicio revolucionario”, tras el cual les habría sido impuesta una sanción de 55 meses de privación de la libertad.
La parte que solicitó las medidas cautelares informó a la CIDH que durante el cautiverio se han divulgado diferentes pruebas de supervivencia en formato audiovisual. También advirtió sobre un presunto deterioro progresivo de las condiciones físicas y psicológicas de los secuestrados.
Según lo expuesto ante la Comisión, existen además condiciones médicas preexistentes cuyo tratamiento podría verse afectado debido a las circunstancias en las que permanecen López Estrada y Pacheco Oviedo.
Los familiares de los funcionarios han adelantado diferentes gestiones ante instituciones del Estado colombiano para obtener información y buscar su liberación. Sin embargo, según la solicitud, no han logrado conocer información concreta sobre su paradero ni conseguir que recuperen la libertad.
Por su parte, el Estado colombiano informó a la CIDH que varias entidades han desarrollado acciones encaminadas a ubicar y conseguir la liberación de los funcionarios. Entre ellas se encuentran gestiones de coordinación humanitaria y la activación del Mecanismo de Búsqueda Urgente por parte de la Defensoría Regional de Arauca.
Las autoridades también indicaron que la Mesa de Diálogos de Paz con el ELN se encuentra suspendida desde enero de 2025. Asimismo, señalaron que la Consejería Comisionada de Paz no cuenta con facultades legales para desarrollar diálogos con propósitos humanitarios.
El Estado reconoció que, pese a las actuaciones adelantadas, hasta ahora no ha sido posible conseguir la liberación de los dos funcionarios y manifestó que continuará con las gestiones orientadas a ese objetivo.
Después de evaluar la información presentada por las partes, la CIDH concluyó que existen elementos suficientes, en una evaluación inicial, para considerar que la vida e integridad de López Estrada y Pacheco Oviedo enfrentan una situación de gravedad y urgencia.
Con fundamento en el artículo 25 de su Reglamento, el organismo solicitó al Estado colombiano adoptar las medidas necesarias para proteger la vida y la integridad personal de los dos funcionarios. También pidió impulsar acciones humanitarias que permitan establecer sus condiciones de salud y garantizar la atención médica que puedan requerir.
La Comisión requirió además a Colombia redoblar los esfuerzos para determinar la situación y el paradero de los secuestrados, con miras a lograr su liberación y garantizar su seguridad, respetando las disposiciones internacionales aplicables.
Entre las disposiciones establecidas también se encuentra la obligación de concertar las medidas con los familiares y representantes de López Estrada y Pacheco Oviedo, así como mantenerlos informados sobre las gestiones que desarrollen las autoridades.
La CIDH solicitó igualmente información sobre las acciones adelantadas para investigar los hechos que dieron origen a la adopción de las medidas cautelares.
La Comisión aclaró que el otorgamiento de estas medidas y su implementación por parte del Estado colombiano no representan un pronunciamiento anticipado sobre una eventual petición que pueda llegar al Sistema Interamericano relacionada con posibles vulneraciones de derechos protegidos por los instrumentos internacionales.
La decisión de la CIDH incorpora así una nueva actuación internacional alrededor de la situación de Rodrigo Antonio López Estrada y Jesús Antonio Pacheco Oviedo, quienes permanecen privados de la libertad desde hace más de un año tras haber sido secuestrados mientras cumplían funciones del CTI en Fortul, Arauca.







