Una decisión del Tribunal Administrativo de Arauca ordenó la suspensión provisional de los artículos que otorgaban descuentos por pronto pago y traslado de matrícula en el impuesto vehicular departamental.
La Secretaría de Hacienda del Departamento de Arauca informó que, tras una sentencia del Tribunal Administrativo en el marco de una demanda de nulidad presentada por un ciudadano, quedan suspendidos los artículos 9° y 11° de la Ordenanza No. 04 de 2019, los cuales regulaban beneficios tributarios en el impuesto vehicular.
Estos artículos modificaban los artículos 47 y 51 de la Ordenanza No. 014E de 2017, del Estatuto de Rentas Departamental, y establecían descuentos para quienes pagaran el impuesto vehicular en los primeros meses del año (15% hasta febrero, 10% hasta abril y 5% hasta mayo). Además, contemplaban incentivos de entre 50% y 20% durante cuatro años para quienes trasladaran la matrícula de sus vehículos al departamento.
Con la decisión judicial, no se aplicarán los beneficios tributarios a nuevos pagos o traslados de matrícula realizados desde la fecha y mientras esté vigente la medida cautelar. La suspensión no afecta a quienes ya accedieron a estos beneficios antes del fallo.
La Secretaría de Hacienda reiteró que los incentivos fiscales estarán inactivos mientras se mantenga la decisión del Tribunal, a la espera del fallo definitivo sobre la demanda.